Nuevos lineamientos para contratar transporte escolar-MINEDUC

Nuevos lineamientos para contratar transporte escolar-MINEDUC

El Ministerio de Educación del Ecuador por medio del Acuerdo MINEDUC-MINEDUC-2018-00077-A, resuelve nuevas estrategias para el servicio de transporte escolar en las instituciones educativas fiscales, municipales fiscomisionales y particulares del todo país, con la finalidad de garantizar la seguridad de los estudiantes.

Las nuevas disposiciones consisten en que el servicio que se va a contratar debe ser operadores de transporte escolar que estén autorizadas por el organismo de tránsito competente, además deberán contar con todos los protocolos para salvaguardar la vida ante cualquier eventualidad, como accidentes de tránsito, terremoto, inundaciones, erupciones volcánicas, manifestaciones callejeras o cualquier situación en la que se corra peligro. En cuanto a los transportes deberán obligatoriamente tener cinturones de seguridad y mantener condiciones de higiene para brindar el servicio, y el vehículo debe transportar a los estudiantes de acuerdo al número de asientos disponibles.

También el MINEDUC por medio de este acuerdo recomiendan a los conductores de estas unidades a conducir con prudencia y a respetar las leyes de tránsito entre ellas respetar los limites de velocidad establecidos por las autoridades de transporte del país, sumado a estos los chóferes de estos transportes tendrán una parada establecida donde deberán recoger a los estudiantes conforme a sus necesidades.

Modalidad del contrato de servicio:

*En las instituciones educativas fiscales, con recursos estatales, el contrato se realizará a través del Servicio Nacional de Contratación Pública conforme a lo prescrito en la Ley, y el proceso estará a cargo de cada Dirección Distrital.

*Para los establecimientos fiscales, municipales, fiscomisionales y particulares con los recursos de los padres de familia, el proceso será de elección facultativa de cada uno de ellos. En este caso, el directivo de cada institución educativa y el representante del comité central de padres de familia elaborarán las bases del concurso para la adjudicación del servicio.

Otros alcances de la nueva normativa es la prohibición a las instituciones educativas de efectuar cobros relativos al servicio de transporte escolar, que no hayan sido determinados en el contrato suscrito entre el directivo del plantel y la operadora de transporte.

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