Conozca que vehículos podrán circular con la nueva medida establecida

Debido a la excesiva circulación de vehículos por las calles del país, se ha establecido una nueva ley similar a la de pico y placa; pero con diferencia de hora; esta se extendería de 15 horas al día y la ley también aplica para los taxis.

La medida denominada HOY NO CIRCULA ha sido instaurada en la ciudad de Quito y firmada por el Alcalde Jorge Yunda; este 9 de septiembre comenzó a rodar esta restricción vehícular. La restricción es para un grupo de vehículos en función del último dígito de su placa, durante un día laborable de la semana, entre las 05:00 y las 20:00. Para las motocicletas se tomará en consideración el último dígito que componga la placa sin consideración a la letra en la que termine.

¿VEHÍCULOS QUE PUEDEN CIRCULAR?

  • Los vehículos oficiales del Presidente y Vicepresidente de la República
  • Oficiales del Cuerpo Diplomático y Consular acreditado ante el Gobierno Nacional
  • De transporte de personas con discapacidades
  • Los vehículos de emergencias como ambulancias públicas o privadas, motobombas, automotores de rescate del Cuerpo de Bomberos y vehículos de la Policía Nacional en cumplimiento de su misión específica. Así también los vehículos de rescate o asistencia social.
  • Los vehículos de transporte colectivo de personas,como transporte público entre ellos buses urbanos e interparroquiales y buses del Sistema Metrobús Q.
  • Los buses comerciales como escolares, institucionales y turísticos. Y los vehículos de iniciativa empresarial legalmente registrados.
  • De transporte comercial rural

¿CÓMO SACAR SALVO CONDUCTO PARA LAS PERSONAS DISCAPACITADAS?

Las personas que presentan discapacidad para poder estar exentas deben sacar un salvo conducto que les será entregado por la Agencia Metropolitana de Tránsito siempre y cuando un auto particular sea conducido por personas con discapacidad o con movilidad reducida, y cuando un auto particular traslade a personas con discapacidad, y sea conducido por un tercero siempre y cuando se dirija desde y hacia lugares de rehabilitación, salud, educativos o de instrucción, o a su lugar de trabajo.

¿ VEHÍCULOS ELÉCTRICOS Y TRANSPORTE PESADO DEBERÁN SACAR SALVOCONDUCTO?

Los vehículos eléctricos no podrán circular dentro del área de restricción establecida entre las 08:00 y 09:30, en la mañana, y entre las 17:30 y las 19:30 en la tarde y noche.

Los vehículos de transporte pesado como volquetas, camiones tráilers; ni de carga mediana o ligera, como camionetas, camiones pequeños y demás tampoco podrán circular pero aquellos vehículos de carga pesada, mediana y ligera que sean transporte estratégico recibirán un salvoconducto que les permita circular los días de restricción, pero con una franja horaria especial. En esos casos, se mantendría el horario del Pico y Placa (de 07:00 a 09:30), pero en la noche se extendería una hora más, es decir desde las 16:00 hasta las 20:30.

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FUENTES Y CRÉDITOS

elcomercio.com

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